julio 14, 2007

 

Expolio de las riquezas saharauis. Negocios oscuros...

NEGOCIOS OSCUROS…

(Artículo cedido por Pedro Pinto Leite, antiguo Secretario General de la Plataforma Internacional de Juristas para Timor Oriental y miembro de Western Sahara Resource Watch)

¿Compraría Vd. un TV si supiera que ha sido robado, sin importarle lo barato que se lo venda e lladrón? ¿Lo compraría incluso sabiendo que el televisor es de su vecino? ¿Y sabiendo, también, que el ladrón que se lo vende ha ocupado ilegalmente la casa de su vecino y le tiene retenido? ¡Por supuesto que no!

Sin embargo, toda vez que la Comisión Europea, encabezada por Durão Barroso, consiguió que se aprobara cierta propuesta por el Parlamento y el Consejo Europeos, Vd. estará haciendo algo parecido cada vez que compre pescado en el mercado o en la pescadería. ¿Por qué? Porque el Consejo, con el consentimiento del Parlamento, ratificó el tratado de pesca que la Comisión negoció con Marruecos, bajo la que españoles, portugueses y otros barcos de países miembros de la UE estarán autorizados a pescar en las aguas del Sáhara Occidental, un territorio ocupado ilegalmente por Marruecos.

El Profesor Roger Clark, de la Escuela Rutgers Law School de Estados Unidos, un experto en criminología internacional, calificó de forma sencilla a Australia “receptor de bienes robados” cuando firmó un tratado con Indonesia para participar en la explotación de petróleo en las aguas que pertenecían a la ocupada Timor Oriental. Un lenguaje claro que se ajusta como un guante a este oscuro negocio que la Comisión Europea ha realizado en nuestro nombre.

Cuando comenzaron las protestas, una avergonzada Comisión aseguró que el acuerdo se circunscribía únicamente a aguas de Marruecos y no a las del Sáhara Occidental. Sin embargo, posteriormente, al igual que Poncio Pilatos, la Comisión intentó lavarse las manos del problema, asegurando que el acuerdo no decía una sola palabra sobre las aguas del Sáhara y que la responsabilidad recaería sobre Marruecos en caso de que concediera licencias a barcos europeos para pescar en esa zona. Finalmente, bajo presión de Marruecos (de forma similar a lo que hizo Indonesia con Australia) la Comisión admitió que las aguas del Sáhara Occidental fueran incluidas en el acuerdo. A pesar de ello, de forma increíble, los servicios legales del Parlamento Europeo y del Consejo establecieron que la pesca en aguas Saharauis no sería ilegal en tanto en cuanto una parte de la contribución financiera de la UE se usara para el desarrollo local.

Pero robar es robar, no importa cuán sofisticado sea el velo de hipocresía con el que se intente cubrir. La justificación legal del Decreto No. 1 de Namibia, decretado por el Consejo de Naciones Unidas para Namibia para la protección de los recursos naturales del territorio, aplica igualmente a la condena del pillaje de los recursos del Sáhara Occidental. La pasividad del Consejo de Seguridad en este tema se debe a la obstrucción de Francia y a la falta de voluntad política de algunos de sus miembros, y no a la ausencia de argumentos legales.

Tal y como determina categóricamente Héctor Gros Espiell en su estudio sobre el derecho a la autodeterminación, “(…) la comercialización y el uso, en todas sus formas, de los recursos naturales pertenecientes a un pueblo cuyo territorio está ocupado por la potencia ocupante, es ilegal, con todas las consecuencias legales que de ello se derivan”. LA Asamblea General de UN ha declarado en repetidas ocasiones que “la explotación y el pillaje de los recursos marinos y otros recursos naturales de Territorios coloniales y No Autónomos para intereses económicos extranjeros, violando las resoluciones más relevantes de UN, es una grave amenaza a la integridad y prosperidad de dichos territorios”. La Resolución Número III de la Conferencia de NU que adoptó la Convención sobre la Ley del Mar declara que “en el caso de un territorio cuya población no ha conseguido la independencia completa u otro estatus de auto gobierno reconocido por NU, o de un territorio bajo dominio colonial, se implementarán las provisiones necesarias, relativas a derechos e intereses al amparo de la Convención, para el beneficio del pueblo de aquel territorio, con vistas a promover su bienestar y desarrollo.” Otro documento legal de relevancia de NU establece que “ningún Estado tiene el derecho a promover o alentar inversiones que puedan constituir un obstáculo a la liberación de un territorio ocupado por la fuerza”.

Pues bien: El Sáhara Occidental es considerado por NU como una colonia, y está por tanto incluido en la lista de territorios sin auto gobierno, según el Capítulo XI de la Carta (aunque la Unión Africana y más de 70 países lo reconocen como Estado). De acuerdo a NU, es España y no Marruecos la Potencia Administradora del Sáhara Occidental; tanto NU como la Unión Africana consideran a Marruecos como una mera potencia ocupante. Está claro, por tanto, que Marruecos no tiene derecho alguno en lo concerniente a los recursos naturales del Sáhara Occidental.

En 2002 Hans Corell, el entonces Secretario General Adjunto de NU para Asuntos Jurídicos, presentó al Consejo de Seguridad un estudio específico sobre las consecuencias legales de la presencia de empresas extranjeras en la exploración de recursos minerales en el Sáhara Occidental, por contratos cerrados con una institución pública marroquí. En dicho estudio – que igualaba de forma controvertida los poderes de una Potencia Administradora con los de una potencia ocupante – Corell concluyó que “si continuaran las exploraciones y explotaciones sin tener en cuenta los intereses y deseos del pueblo del Sáhara Occidental, estarían violando la legalidad internacional”. Esta conclusión, en derecho, aplica también a otros recursos naturales del territorio.

¿Quién tiene el derecho de expresar la voluntad del pueblo Saharaui? NU ya respondió a esto,

No se puede tampoco argumentar que el acuerdo tiene en cuenta los intereses del pueblo del Sáhara Occidental, tal y como la Comisión, el Parlamento y el Consejo quieren hipócritamente hacernos creer. Una gran parte de la población Saharaui continúa viviendo como refugiados por más de treinta años en los campamentos de Tindouf (Argelia) y en el exilio en Mauritania y en España. Los colonos que Rabat introdujo ilegalmente en el territorio superan al menos en tres veces a la población original. Los beneficios de cualquier inversión en el Sáhara Occidental en el sector de la pesca redundarán sobre todo en empresas marroquíes y españolas establecidas en el territorio, así como a los militares ligados a este sector y, en menor grado, a los colonos. La población original obtendrá un porcentaje muy reducido de todo eso. Sin embargo, es exactamente a la población original a cuyos intereses hay que respetar, como subrayó Ben Bot, el Ministro de Asuntos Exteriores holandés, cuando contestó a las preguntas del diputado Van Bommel sobre el acuerdo de pesca.

Los argumentos expuestos por la Comisión son falsos. Esa falsedad también se pone de manifiesto por el hecho de que la Comisión presume que Marruecos se puede comportar, mientras se demuestre lo contrario, como una Potencia Administradora benevolente. Sin embargo, como se ha visto, Marruecos no es la Potencia Administradora del Sáhara Occidental, mucho menos una potencia benevolente, como se puede deducir de los múltiples informes que Amnistía Internacional y Human Rights Watch han publicado sobre violaciones de los derechos humanos en el territorio. Pero, por encima de todo, porque Marruecos rechaza ahora los dos acuerdos que había suscrito (el Plan de Paz de 1990 y los Acuerdos de Houston de 1997) y considera como irrevocable su “soberanía” sobre “las Provincias del Sur”. Mohammed VI, durante su visita colonial a finales de marzo de 2006 a los territorios ocupados, declaró que “Marruecos no cederá ni un milímetro ni un grano de arena de su querido Sáhara”. Si es ésta la posición de Rabat, ¿qué valor tienen los argumentos de la Comisión? Y aunque la Comisión asegura a todos que el acuerdo de pesca no perjudica en ningún modo el estatus internacional del Sáhara Occidental, lo cierto es que recompense la anexión ilegal y forzosa del territorio y constituye un obstáculo adicional a una solución pacífica del conflicto.

El 27 de octubre de 2005 el Parlamento Europeo adoptó una resolución en la que se solicitó al Consejo y a los Estados Miembros un apoyo activo a los esfuerzos de NU para la conservación de los recursos energéticos naturales del Sáhara Occidental como un territorio no autónomo. En mayo de 2006 el Parlamento se plegó a los deseos de la Comisión y dio luz verde al acuerdo de pesca, sin reserva alguna a una expresa exclusión de las aguas del Sáhara Occidental, cayendo así en una absurda y lamentable contradicción. Ese mismo mes los gobiernos de Francia, España y Portugal (que habían presionado a sus nacionales en el Parlamento Europeo para mantener el acuerdo intacto y lo más rápidamente posible) consiguieron la ratificación por el Consejo. Finlandia, Holanda e Irlanda expresaron algunas reservas, pero al final votaron a favor. Suecia fue el único país que se opuso vehementemente al Acuerdo.

Nosotros, los miembros de Western Sahara Resource Watch, apelamos a los ciudadanos de la Unión Europea que luchen por denunciar este acuerdo, que viola claramente la legalidad internacional. Si Vd. rehúsa comprar pescado capturado en aguas problemáticas, si rehúsa consumir pescado robado a los Saharauis, grite con nosotros, alto y claro, a la Comisión y a los gobiernos que les permiten ser sus receptores: ¡pesquen en otro lado!

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